Disposición N 21/GCABA/DGHP/11
Firmantes | Sandberg Haedo - Boscoboinik- Berkowski |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Habilitaciones y Permisos |
Fecha de la disposición | 25 de Febrero de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
DISPOSICIÓN N 21/GCABA/DGHP/11SE RENUEVA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES DEL LOCAL QUE OPERA CON NOMBRE DE FANTASÍA NEO CLUB
Buenos Aires, 25 de febrero de 2011
DISPOSICION N.° 21/DGHP/DGFYC/DGFYCO/11
Buenos Aires, 25 de febrero de 2011
VISTO:
el Expediente N° 1.544.367/2009, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/05 (BOCBA N° 2194), la Resolución N° 12-SSCC/05 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (BOCBA N° 2370), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA N° 2521), la Ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N° 2137/07, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. ANGELA M. NOBILI en su carácter de titular ha solicitado la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en la calle Santos Dumont N° 4056/60 (PB, PI y PA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que desarrolla actividad con nombre de fantasía NEO CLUB, conforme constancia obrante a fs. 195;
Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N° 1.142.914/2009 para el rubro local de baile clase "C", con una capacidad máxima autorizada para funcionar de quinientas (500) personas conforme constancia obrante a fs. 130;
Que, el establecimiento se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables mediante Disposición N° 10/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010 de fecha29 de enero de 2010, bajo el N° 116/10;
Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs.255/6 y, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-SSCC/05, N° 2-SSCC/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05 y por Ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N° 2137/07;
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
LA DIRECTORA GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN...
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