Disposición N° 26-DGFER/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición29 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 26/DGFER/18
Buenos Aires, 5 de enero de 2018
VISTO:
Las Leyes Nº 5460 y Nº 4121, los Decretos N° 363-GCBA/2015, y sus modificatorios,
Disposiciones N° 149-DGFER/17, 344-DGFER/17 y 345-DGFER/17; y Expedientes N°
24601745/2017 y 24601883/2017;
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobándose las funciones del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público;
Que por el Decreto Nº 363/GCBA/15 y sus modificatorias se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, estableciéndose, bajo la órbita de la Subsecretaría de Uso del Espacio
Público, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, los objetivos y
responsabilidades primarias de la Dirección General de Ferias;
Que por el Decreto N° 340/AJG/17 se modificó a partir del 1° de septiembre la
estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de
Buenos Aires, Anexo I (Organigrama) y Anexo II (Responsabilidades Primaria);
modificando denominación y responsabilidades de la Subsecretaria de Administración,
la cual pasa a denominarse Subsecretaria de Administración General y Uso del
Espacio Público;
Que también se modificó la dependencia funcional de las Direcciones Generales de
Fiscalización del Espacio Público, de Ferias y de Ordenamiento del Espacio Público,
las cuales pasarán a depender de la Subsecretaría de Administración General y Uso
del Espacio Público;
Que por Decreto N° 459-AJG/2017 se designó a partir del 1 de noviembre de 2017 a
Carlos Gabriel Kuasñosky Somoza DNI N° 17.715.591 como Director General de
Ferias;
Que en el marco de la política de optimización del espacio público, se dictaron las
Disposiciones N° 149-DGFER/17, 344-DGFER/17 y 345-DGFER/17, por las cuales se
les asignaron puestos en los Paseos Comerciales Balvanera y Miserere a ex manteros
que practicaban la venta en la vía pública, a fin de favorecer su regularización;
Que en dichas disposiciones, en su Anexo III - Pautas de convivencia, punto IV, se
establece una asistencia mínima requerida del 75% mensual, bajo apercibimiento de
dictar la caducidad del permiso de uso precario;
Que a través de las órdenes de servicio n° 1410-DGFER-2017 Y 1411-DGFER-2017,
se procedió a intimar a los permisionarios de los Paseos Comerciales de Miserere y
Balvanera respectivamente, que no alcanzaron dicho mínimo durante el mes de
noviembre de 2017, a que justifiquen ante esta Dirección General las inasistencias
incurridas;
Que ante el silencio de los intimados, es procedente disponer la caducidad de los
permisos de uso precario de quienes no justificaron dichas inasistencias;
Por ello;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5304 - 29/01/2018

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