Disposición N° 259/DGSPCB/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 259/DGSPCB/22
Buenos Aires, 2 de agosto de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030, texto consolidado mediante Ley 6347)y
N° 6506/21 (B.O. 6285), los Decretos N° 446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N°
060-DGSSP/2003, N° 294-DGSSP/2006, N° 105-DGSPR/2008, N° 069-DGSPR/2010,
N° 114-DGSPR/2012, N° 228-DGSPR/2014, N° 239-DGSPR/2016, N° 237-
DGSPR/2018, N° 447-DGSPR/2019, N° 222-DGSPCB/2020 y la Carpeta E626432, y ;
CONSIDERANDO:
Que la EMPRESA DE SEGURIDAD INTEGRAL ALESA S.A., con domicilio real y
constituido en la calle Fray Cayetano Rodríguez N° 412, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad
privada en la Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº
060-DGSSP/2003;
Que vencido el plazo de su última habilitación en fecha 27/07/2022, la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo
444°, Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a), y, b); y
sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), c) y d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los artículos 446,447 y 448, en su caso;
Que, con dicha solicitud, la peticionante propuso,en los términos de los Art. 449, 463 y
concordantes de la mencionada Ley, para el cargo de Director Técnico al señor Señor
Carlos Luis Gauna D.N.I. N° 16.977.712, y para el cargo de Responsable Técnico al
Señor Rebasti Sergio Alejandro, D.N.I. N° 11.633.633;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 218.978, el cual posee
vigencia hasta el día 01/02/2024, y que fuera expedido en Legajo N° 9760345 por ante
la Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 173, Inciso 18, Ley 6506, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6435 - 08/08/2022

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