Disposición Nº 256/GCABA/DGET /16

FirmantesGalli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2016

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° 281-

SECPLAN/14, la Disposición N° DI-2012-117-DGTALAPRA, el Expediente N° EX-

2015-22.912.676-MGEyA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Autorizadas por Resolución N° 281-SECPLAN/14: Taller de mantenimiento

y reparación del motor n.c.p.; Mecánica integral; Reparaciones eléctricas del tablero e

instrumental; Reparación y recarga de baterías; Instalación y reparación de parabrisas,

lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor

y grabados de cristales; Mantenimiento y reparación de frenos; Lavadero manual de

vehículos automotores; Garaje; Oficinas complementarias de la actividad. Rubros

según normativa vigente: (ClaNAE 502.99) Mantenimiento y reparación del motor

n.c.p; mecánica integral (502.613); (ClaNAE 502.50) Reparaciones eléctricas del

tablero instrumental; reparación y recarga de baterías (503.450). ClaNAE 502.30

Instalación y reparación de parabrisas, lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras,

radios, sistemas de climatización automotor y grabado de cristales (503.423); (ClaNAE

502.92) Mantenimiento y reparación de frenos (599.994); Lavadero manual de

vehículos automotores (604.201); Garage comercial (604.070)", a desarrollarse en la

calle Mariscal Antonio José de Sucre N° 1.031, Planta Baja, 1° Piso, de esta Ciudad,

con una superficie de 1.415,43 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 10,

Sección: 25, Manzana: 096, Parcela: 013a, Distrito de Zonificación: U23 - Z° 1;

Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de Zonificación

U23 - Z° 1;

Que por Resolución N° 281-SECPLAN/14, la Secretaría de Planeamiento, con fecha 30

de junio de 2.014, autorizó la localización del uso: "Taller de mantenimiento y reparación

del motor n.c.p.; Mecánica integral; Reparaciones eléctricas del tablero e instrumental;;

Reparación y recarga de baterías; Instalación y reparación de parabrisas, lunetas, y

ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor y grabados

de cristales; mantenimiento y reparación de frenos; Lavadero manual de vehículos

automotores; Garaje; Oficinas completarías de la actividad";

Que en el Informe N° IF-2016-8.086.941-DGET, de fecha 4 de marzo de 2.016, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera

a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una...

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