Disposición N° 2520/DGDYPC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 2520/DGDYPC/21
Buenos Aires, 25 de junio de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N° 28998793-GCABA-DGDYPC-2020, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. Isacio Ortega, DNI 13.295.896,
contra Graciela Cristina Rodríguez, CUIT 27-10129346-2, por presunta infracción a la
ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 12/03/2021 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que
las partes arribasen a una amigable composición;
Que por Informe IF-2021-15632572-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Graciela Cristina Rodríguez se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 14214;
Que por providencia PV-2021-15872372-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 9 incisos b) y h), 10 incisos a), b), d), e) y f) y 12
de la Ley 941;
Que notificada la imputación, la sumariada presenta descargo, acompaña prueba
documental y ofrece la producción de prueba testimonial, la que es rechazada por
medio de la providencia PV-2021-17863044-GCABA-DGDYPC;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a
resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 9 incisos b) y h) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9º.-
Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: (...) b. Atender
a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el
cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e
infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y
seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable
conforme al ordenamiento vigente. (...) h) Depositar los fondos del consorcio en una
cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que
soliciten la apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza
como opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta,
mantenimiento mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier
otro cargo que corresponda a la ciudad. (...)”;
Que la imputación por presunta infracción al inciso b) tuvo lugar, a partir de los dichos
del presentante, el contenido de los correos electrónicos de fechas 02/03/2020 y
05/06/2020 y la carta documento de fecha 05/05/2020; dado que en conjunto
evidencian la existencia de anomalías en las cañerías vinculadas con el suministro de
agua como así también la falta de acceso a dicho servicio en, por lo menos, una (1) de
las unidades funcionales integrantes del inmueble de la calle Dr. Cosme Argerich
1807/09 de esta Ciudad. No obstante ello, por parte de la sumariada no habría
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6189 - 09/08/2021

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