Disposición N° 2498/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2498/DGIUR/21
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 29.777.992-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 021; Manzana
075A;075B;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-38696689-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en un área
especial individualizada Arquitectura Especial AE26 Pasajes de la Ciudad,
correspondiente al pasaje Tupiza, zona afectada por Unidades de Sustentabilidad de
Altura Alta (U.S.A.A.) (s/Artículo 4.1.20 Anexo II del Código Urbanístico, Ley N°
6099), por lo que corresponde el trazado de la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la
Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Juan Francisco Seguí, Lafinur,
Tupiza, Av. Cerviño y República de la India. Dicha manzana posee un frente 129,55 m
sobre la calle Juan Francisco Seguí, un frente quebrado compuesto por un primer
tramo de 69,07 m y un segundo tramo de 42,82 m sobre la calle Lafinur, un frente
quebrado compuesto por un primer tramo de 91,91 m, un segundo tramo de 9,93 m y
un tercer tramo de 91,64 m sobre el pasaje Tupiza, un frente de 129,55 m sobre la Av.
Cerviño y un frente de 126,77 m sobre la calle República de la India; todos ellos
medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo,
computa una superficie total de 15.146,88 m2, de acuerdo a Consulta de registro
catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para las unidades de
afectación (A.E.26 - U.S.A.A.) en el Artículo 4.1.20 del Anexo II de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de
Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-, siendo que la parcela en
consulta, 027B, ubicada en la calle S. J. Calasanz Nº 450, queda afectada a una Línea
Interna de Basamento (L.I.B.) coincidente con la Línea de Frente Interno (L.F.I.), que a
su vez coincide parcialmente con la Línea Divisoria de Parcela (L.D.P.) izquierda;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6290 - 06/01/2022

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