Disposición N° 2490/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2490/DGIUR/21
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 29.778.396-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 071, Manzana 067;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-38520648-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. y Unidades
de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B.1.) Art. 6.2.6. del Código Urbanístico (Ley
N° 6099) y su Modificación (Ley Nº 6361), por lo que corresponde el trazado de Línea
de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Gutenberg, Condarco, la Av.
Francisco Beiro, la calle Terrada y Navarro. Dicha manzana posee un frente de 27.57
m sobre la calle Gutenberg, un frente de 71.76 m sobre la calle Condarco, un frente de
113.19 m sobre la Av. Francisco Beiro, un frente de 85.10 m sobre la calle Terrada y
un frente de 88.64 m sobre la calle Navarro; todos ellos medidos en las intersecciones
de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de
9446.22 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno
Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.A. y U.S.A.B.1) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de
Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6290 - 06/01/2022

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