Disposición N 80/GCABA/DGTRANSP/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

DISPOSICIÓN N 80/GCABA/DGTRANSP/10SE RECHAZA PETICIÓN EFECTUADA POR AGENTE

Buenos Aires, 19 de noviembre de 2010

DISPOSICIÓN N.° 80/DGTRANSP/10.

Buenos Aires, 19 de noviembre de 2010

VISTO:

La Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 1.218, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, el Decreto N° 1.208/GCBA/07, el Decreto N° 2.075/GCBA/07, el Decreto N° 416/GCBA/09, el Decreto N° 508/GCBA/2010, la Resolución N° 181/SOySP/03, la Resolución N° 69/SIyP/06, y el Expediente N° 21.450/02, y

CONSIDERANDO:

Que el expediente individualizado en el Visto, se inició de oficio a los fines de investigar los posibles incumplimientos al régimen que regula el funcionamiento y el control del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro (Ordenanza N° 41815) por parte de la titular de la licencia de taxi N° 3.633, en relación al Acta de Comprobación de Infracción N° B-2554897, labrada el día 06 de noviembre de 2001;

Que dicha Acta fue labrada como resultado de un control efectuado en la vía pública, en el cual se logró constatar que el vehículo dominio CGL 090 de titularidad de la señora Nilda Aydee Ybañez, afectado a la licencia N° 3.633 para la prestación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, se encontraba prestando dicho servicio, siendo conducido por un conductor no habilitado al efecto;

Que en tal sentido, y de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General, el por entonces Secretario de la ex Secretaría de Obras y Servicios Públicos, mediante la Resolución N° 181/SOySP/03 dispuso la caducidad de la licencia de taxi N° 3.633 en el entendimiento de que el actuar de la licenciataria fue merecedor de la sanción establecida en el inciso c) del artículo 40 de la Ordenanza N° 41.815;

Que la citada Resolución fue notificada el día 18 de marzo de 2003, y contra dicho acto la señora Ybañez interpuso recurso de reconsideración, a través del Registro N° 22273/DGEVyL/03;

Que mediante la Resolución N° 69/SIyP/06, de fecha 02 de febrero de 2006, la por entonces Secretaría de Infraestructura y Planeamiento desestimó el recurso de reconsideración incoado por la interesada;

Que dicho acto administrativo fue notificado el día 27 de marzo de 2006, y mediante el Registro N° 21754/DGEVyL/07, la recurrente...

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