Disposición N 1/GCABA/UPEAM/11

FirmantesCapdevilla
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Unidad de Proyecto Especial Arroyo Maldonado
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N UNIDAD DE PROYECTO ESPECIAL ARROYO MALDONADO

DISPOSICIÓN N 1/GCABA/UPEAM/11INTEGRA AGENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD CON LOS CONSULTORES DE LA UNIDAD DE PROYECTO ESPECIAL ARROYO MALDONADO - CONTRATACIÓN DE OBRAS: READECUACIÓN DEL SISTEMA DE DESAGüES PLUVIALES SECUNDARIOS DEL ARROYO MALDONADO - GRUPO B, LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1-2010

Buenos Aires, 03 de febrero de 2011

VISTO:

el Expte. N° 147.685/10, las Leyes Nrs. 93 y 1.660, el Convenio del Préstamo 7289-AR suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y su enmienda del 10 de diciembre de 2010, las Normas: Contrataciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF de mayo de 2004, la Resolución N° 672/GCABA/MDU/10 y los Decretos Números 1.960/GCABA/99, 314/GCABA/06, 403/GCABA/06, 1.149/GCABA/06, 2.075/GCABA/07, 217/GCABA/09, 609/GCBA/10 y 729/GCBA/10 (BOCBA N° 3512); y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente tramita la licitación de las Obras: Readecuación del Sistema de Desagües Pluviales Secundarios del Arroyo Maldonado Grupo B, como medida estructural prevista en el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires (PGRH);

Que en su oportunidad, en virtud del Decreto N° 1.960/GCBA/99, en su Anexo II, la entonces Unidad Ejecutora de la Ciudad de Buenos Aires (UECBA) tenía competencias para realizar todas las gestiones conducentes a la ejecución adecuada y eficiente del Proyecto de Protección de Inundaciones (PPI) autorizado por la Ley 93, y entre sus funciones se encontraba la de preparar los documentos de licitación y demás documentación técnica para el llamado a concurso o a licitación, contratar con financiamiento del préstamo los servicios de consultores ajustándose a los criterios fijados por el Banco Mundial para este fin, preparar, evaluar, ejecutar y supervisar todos los subproyectos de la Ciudad de Buenos Aires correspondientes a ese Proyecto financiado por el Préstamo Subsidiario del Convenio BIRF N° 4.117-AR y realizar su gestión administrativa;

Que la Ley 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir un convenio de préstamo con el BIRF para financiar el Programa mencionado en el primer párrafo, consistente en las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y medidas complementarias, resultantes del PPI elaborado en el marco de la Ley N° 93, que se describen en el Anexo I de la primera de las leyes mencionadas, encontrándose previsto en ese anexo legal el componente denominado Medidas Estructurales, el cual, además de la construcción de los...

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