Disposición N° 2452/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022- Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2452/DGIUR/21
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 31.505.254-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea Interna de Basamento para 071, Manzana 078B;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-38721221-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar la Línea Interna de
Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada por un área especializada de Arquitectura Especial A.E.26 - Pasajes de la
Ciudad, que se encuentra afectada por Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 1
(U.S.A.B.1.) Art. 6.2.6 según el Art 4.1.20. del Anexo II del Código Urbanístico y su
Modificación, por lo que corresponde el trazado de Línea Interna de Basamento
(L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Venecia, Tinogasta y la Av. San
Martin. Dicha manzana posee un frente de 99.74 m sobre la calle Venecia, un frente
de 153.04 m sobre la calle Tinogasta, un frente de 114.54 m sobre la Av. San Martin;
todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.).
Asimismo, computa una superficie total de 5710.03 m2, de acuerdo a Consulta de
registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (AE26 - U.S.A.B.1.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico
que adjunta-, siendo que la parcela en consulta, 028, ubicada en la calle Venecia Nº
3146, queda afectada a una Línea Interna de Basamento (L.I.B.), ubicada a 17.49 m
medidos paralelamente desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle Venecia;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6287 - 03/01/2022

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