Disposición N° 245/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 245/DGSPCB/21
Buenos Aires, 18 de agosto de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06 y N° 394/14, y la Disposición N° 275-DGSPR/2019 y la Carpeta E853224, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa MEGA SEGURIDAD S.R.L., con domicilio real en la calle Gaona N°
2186, Paso del Rey, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la calle Montevideo N°
527, Piso 4°, Dpto. “9”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 275-DGSPR/2019;
Que habiendo vencido el plazo de su última habilitación en fecha 01/08/2021, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 439º sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, en los términos del Art. 444, y concordantes de la mencionada
Ley, la peticionante propuso para el cargo de Responsable Técnico, al señor Pablo
Horacio Arturo Lopez, con D.N.I. Nº 10.772.189;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
artículo 180, Punto 14, de la Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la
fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa firma MEGA SEGURIDAD S.R.L.., para prestar
servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su
Artículo 439º, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego Inciso d)
Los de vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá
solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando
la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada y Custodia de Bienes la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6198 - 23/08/2021

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