Disposición N° 2417/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 2417/DGIUR/21
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 31.677.434-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 065, Manzana 030;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-38680403-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. del Código
Urbanístico y su Modificación, por lo que corresponde el trazado de Línea de Frente
Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por la Av. Nazca, Neuquén, Argerich y la Av.
Gaona. Dicha manzana posee un frente de 55.74 m sobre la Av. Nazca, un frente de
140.74 m sobre la calle Neuquén, un frente de 26.25 m sobre la calle Argerich y un
frente de 144.32 m sobre la Av. Gaona; todos ellos medidos en las intersecciones de
las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de
5775.51 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno
Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.A.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico, la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -
conforme al grafico que adjunta-, siendo que la parcela en consulta, 004, ubicada en la
Av. Gaona Nº 3530, queda afectada a una Línea de Frente Interno (L.F.I.) coincidente
con la Línea Interna de Basamento (L.I.B.), ubicada a 16.00 m de la Línea Oficial
(L.O.) de la Av. Gaona;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6285 - 29/12/2021

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