Disposición Nº 24/GCABA/HMO/15

FirmantesBasovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital de OdontologÍA DR. JosÉ DueÑAs
Fecha de la disposición21 de Abril de 2015

VISTO:

La Contratación Directa N° 12548/2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Cont. Direc. N° 12548/2014, se autorizó la adquisición de Acrílico, Cemento,

Goma Dique, Composite, Revelador de Placa, Taza de Goma, Gasa, Quitamanchas

,Aleación para Amalgama, para las distintas áreas dependiente de esta Unidad

Hospitalaria, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 17940/2015 a favor

de la firma BHAURAC S. A. Dicho contrato fue recepcionado el 19/03/2015,

Que la firma adjudicataria a solicitado en tiempo y forma la Rehabilitación total del

contrato de acuerdo a lo previsto en el art. 121 de la ley 2095 modificada mediante ley

4764, reglamentada mediante decreto N° 95/2014.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo N° 9° de la ley N° 2095/06

de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada

por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA N° 2557),

EL SUB DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA "DR. JOSE DUEÑAS"

DISPONE

Artículo 1° Rehabilítese, a la firma BHAURAC S

A. ( CUIT: 30-61181661-4),

adjudicataria de O. C. N° 17940/2015 con domicilio especial en esta Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en la calle Fco Borges 2126 de acuerdo con lo provisto en los

Atículos121° y 123° de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos

Aires la penalidad pecuniaria que a continuación se detalla:

  1. Una multa pecuniaria por Rehabilitación de Contrato de Pesos Diez Mil seiscientos

    Setenta y uno con 80/100 ($ 10.671,80).

  2. El importe consignado en el ap) a, deberá ser depositado por la firma comercial bajo

    las formas previstas en el apartado c) del presente acto administrativo; dentro de los 3

    (tres) días de notificado fehacientemente del presente acto administrativo de acuerdo a

    lo estatuido en el Capítulo VI Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/BOCBA N°

    310- Resolución N° 41. LCBA-98 BOCBA N° 954.

  3. Dicho Importe deberá ingresar en la Cuenta 200330/4 "Multas Proveedores y

    Contratistas" para depósitos con cheque propio del Adjudicatario; el cuál deberá ser

    librado a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; CRUZADO -

    NO A LA ORDEN y/o en la cuenta 200233/2 "Multas Proveedores y Contratistas", para

    depósitos en efectivo, los cuales deberán realizarse en la Dirección General de

    Tesorería perteneciente al Ministerio de Hacienda, sita en Avda. Belgrano 840- en el

    horario De 9,30 a 14.30 hs., de acuerdo a lo normado en el Artículo 121 del Decreto

    ...

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