Disposición N° 2394/DGDYPC/17

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 2394/DGDYPC/17
Buenos Aires, 4 de julio de 2017
VISTO:
El Expediente Electrónico Nº22490853- MGEYA- DGDYPC-2016, y;
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones citadas en el Visto se iniciaron de conformidad con las facultades
conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley 941, ante la denuncia del Sr.
Oderigo, Romualdo Ángel, DNI 4.523.116, contra BEVERAGGI, RAMIRO, CUIT 20-
24410828-9, RPA N°2632, por presunta infracción al rito;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado con fecha 23 de agosto de
2016 se promovió el procedimiento conciliatorio, el que concluyó por incomparecencia
del denunciado;
Que mediante providencia PV-2017-03716017-DGDYPC se formuló imputación contra
Beveraggi, Ramiro por presunta infracción al artículo 10 incisos a. e. f. h. e i. de la Ley
941;
Que dicha providencia fue notificada en fecha 6 de febrero de 2017 por cédula N°397-
DGDyPC-17;
Que con fecha 20 de Febrero de 2017, el requerido presentó descargo, ofreció prueba
y planteó excepción de falta de legitimación activa;
Que mediante PV-2017-07672355-DGDYPC se rechazó el planteo de falta de
legitimación activa y se resolvió no hace lugar a las pruebas, testimonial y pericial
contables peticionadas;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al sumariado la presunta
infracción del artículo 10 de la Ley 941 cuyo texto reza: "Artículo 10.- De las
liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: a. Datos del
administrador (nombre, domicilio, teléfono, C.U.I.T. o C.U.I.L., Nº de inscripción en el
Registro). (...). e. Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a
contratistas, indicando nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº
de matrícula, trabajo realizado, elementos provistos, importe total y en su caso,
cantidad de cuotas y número de cuota que se abona. f. Detalle de pagos por seguros,
indicando nombre de la compañía, número de póliza, tipo de seguro, elementos
asegurados, fechas de vencimiento de la póliza y número de la cuota que se abona.
(...) h. En caso que existieran juicios por cobro de expensas o por otras causas en los
que el Consorcio sea parte, se indicará en la liquidación mensual todos los datos del
mismo (número de juzgado interviniente y expediente, carátula, objeto y estado) y
capital reclamado. i. Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria del
Consorcio correspondiente al mes anterior";
Que la presunta infracción al artículo 10 inciso a. se fundamentó en el formulario de
liquidación de expensas acompañado, correspondiente al Consorcio de Propietarios
Montañeses 1853, periodo 06/2016, suscripto por RPA N°2632, del cual se observó
que en los datos del administrador se indica nombre "Administración PCB",
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5475 - 10/10/2018

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