Disposición N° 236/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 236/DGIUR/19
Buenos Aires, 22 de febrero de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 4.595.619/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido
feria, mercado, supermercado y autoservicio)" para el inmueble sito en la calle Av.
Callao Nº 1199- P.B. y Sótano, con una superficie a habilitar de 198.85m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a la Zona 2 del APH 50 "AV.
CALLAO" del Código Urbanístico Ley 6.099/2018;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del IF Nº 5278887-DGIUR-2019, hace saber que según lo
establecido en el según artículo 3.7.37 APH50-Avenida Callao del Código Urbanístico:
a) Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo N.3.3.
b) Zona 2: "Usos: Se admitirán los usos del Área de Media Mixtura de Usos A (2);
Que según lo consignado en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código
Urbanístico para el área de mixtura 2: El uso solicitado: "Local de venta de productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)." se
asimila al rubro expresamente consignado: 1.4.4. Local de venta de productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) se
indica 200 (Superficie máxima 200m²);
Que, desde el punto de vista del patrimonio urbano, esta Gerencia Operativa Usos del
Suelo, considera que el uso "1.4.4. Local de venta de productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)." no origina impacto
relevante en el APH 50;
Que se visa el uso permitido "1.4.4. Local de venta de productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)"para el inmueble sito
en la en la Av. Callao Nº 1199 P.B. y Sótano con una superficie 198. 85m². Se deja
constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que no se visa publicidad;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
de los usos: "Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria,
mercado, supermercado y autoservicio)" para el inmueble sito en la calle Av. Callao Nº
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5573 - 08/03/2019

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