Disposición Nº 2340/GCABA/DGHP/17

FirmantesPetitt
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

VISTO

Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 ratificado por la Resolución N°

41/98, las Leyes N° 2624, el Decreto N° 196/11, la Resolución N° 66/2013, La

Resolución N° 176/2014 y la Resolución N° 766/14, El Expediente Electrónico N°

6312109/AGC/2017; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota N° 06288528-DGHP-2017, la Gerencia Operativa de

Habilitaciones Simples Con Plano, dependiente de esta Dirección General de

Habilitaciones y Permisos (DGHyP), pone en conocimiento de la situación actual de la

Gerencia mencionada en relación al cumulo de los expedientes pendientes de

resolución, elevando una propuesta a fin establecer un procedimiento para aquellas

solicitudes de habilitación en las que sin cumplimentar con la totalidad de las

exigencias reglamentarias, se garanticen condiciones mínimas de higiene y

seguridad;

Que, por la Ley N° 2624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad

autárquica con funciones de controlador, fiscalización y regulación en materia de

seguridad de establecimientos públicos y privados, salubridad e higiene alimentaria,

habilitaciones y permisos, y obras civiles públicas y privadas, en aplicación de las

normas y Códigos respectivos, y todo otra normativa relacionada con su ámbito de

control y fiscalización;

Que, a través de la Resolución N° 66-AGC/13 y modificatorias se estableció la

estructura orgánica funcional de la AGC, aprobándose las respectivas misiones y

funciones de sus distintas áreas entre las que se encuentra la DGHP;

Que, entre las competencias asignadas a la DGHP se encuentra la de entender en el

otorgamiento de habilitaciones conforme la normativa vigente en la materia en los

establecimientos comerciales,

industriales, de servicios, espectáculos y

entretenimientos públicos;

Que, el Art. 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 ratificado por la

Resolución N° 41/98, establece: "Los Ministros y demás funcionarios del Poder

Ejecutivo y los titulares de los órganos directivos de entes descentralizados podrán

dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquico mediante órdenes,

instrucciones, circulares y reglamento internos, a fin de asegurar celeridad, economía,

sencillez y eficacia de los tramites...";

Que, con el dictado de la Ordenanza N° 33.266, se aprobó el texto correspondiente al

Código de Habilitaciones y Verificaciones, dando como resultado un cuerpo único de

normas destinado a regular todas las actividades...

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