Disposición Nº 2340/GCABA/DGHP/17
Firmantes | Petitt |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS |
VISTO
Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 ratificado por la Resolución N°
41/98, las Leyes N° 2624, el Decreto N° 196/11, la Resolución N° 66/2013, La
Resolución N° 176/2014 y la Resolución N° 766/14, El Expediente Electrónico N°
6312109/AGC/2017; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota N° 06288528-DGHP-2017, la Gerencia Operativa de
Habilitaciones Simples Con Plano, dependiente de esta Dirección General de
Habilitaciones y Permisos (DGHyP), pone en conocimiento de la situación actual de la
Gerencia mencionada en relación al cumulo de los expedientes pendientes de
resolución, elevando una propuesta a fin establecer un procedimiento para aquellas
solicitudes de habilitación en las que sin cumplimentar con la totalidad de las
exigencias reglamentarias, se garanticen condiciones mínimas de higiene y
seguridad;
Que, por la Ley N° 2624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), entidad
autárquica con funciones de controlador, fiscalización y regulación en materia de
seguridad de establecimientos públicos y privados, salubridad e higiene alimentaria,
habilitaciones y permisos, y obras civiles públicas y privadas, en aplicación de las
normas y Códigos respectivos, y todo otra normativa relacionada con su ámbito de
control y fiscalización;
Que, a través de la Resolución N° 66-AGC/13 y modificatorias se estableció la
estructura orgánica funcional de la AGC, aprobándose las respectivas misiones y
funciones de sus distintas áreas entre las que se encuentra la DGHP;
Que, entre las competencias asignadas a la DGHP se encuentra la de entender en el
otorgamiento de habilitaciones conforme la normativa vigente en la materia en los
establecimientos comerciales,
industriales, de servicios, espectáculos y
entretenimientos públicos;
Que, el Art. 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 ratificado por la
Resolución N° 41/98, establece: "Los Ministros y demás funcionarios del Poder
Ejecutivo y los titulares de los órganos directivos de entes descentralizados podrán
dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquico mediante órdenes,
instrucciones, circulares y reglamento internos, a fin de asegurar celeridad, economía,
sencillez y eficacia de los tramites...";
Que, con el dictado de la Ordenanza N° 33.266, se aprobó el texto correspondiente al
Código de Habilitaciones y Verificaciones, dando como resultado un cuerpo único de
normas destinado a regular todas las actividades...
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