Disposición N° 233-SGA/17

EmisorMinisterio Público de la Defensa
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2017

DISPOSICIÓN N.º 233/SGA/17

VISTO:

La Ley Nº 1.903 y su modificatoria Nº 4891; la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4764, su Reglamentación aprobada por Resolución CCAMP Nº 53/15, la Disposición SGA Nº 218/17 y el Expediente DP Nº 410/17, y;

CONSIDERANDO:

I.- Que, mediante Disposición SGA Nº 218/17 se aprobó el llamado a Compra Menor Nº 12/17, tendiente a la contratación de dieciocho (18) Licencias Adobe Creative Cloud para las distintas sedes de este Ministerio Público de la Defensa, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 432.540); II.- Que, se cursaron cuatro (4) invitaciones a empresas del rubro, efectuándose la publicación del llamado en la Cartelera Oficial y en el sitio web del organismo; III.- Que, el día 12 de diciembre de 2017, se efectuó el acto de apertura de ofertas, recibiéndose dos (2) propuestas correspondientes a las empresas ARQUICAD S.R.L., que cotizó una oferta principal, por la suma de PESOS QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 23/100 ($ 507.853,23) y una oferta alternativa por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 50/100 ($ 394.983,50) e HYRAX de FERNANDO DIAZ OFFENEY, por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($ 392.490); IV.- Que, la Dirección de Sistemas elaboró el Informe Técnico, del cual surge que las ofertas presentadas cumplen con las especificaciones técnicas requeridas; V.- Que, la firma HYRAX de FERNANDO DIAZ OFFENEY, ha presentado la totalidad de la documentación exigida por el ordenamiento normativo, resultando ser su oferta la más conveniente en términos económicos, conforme surge del Cuadro Comparativo de Ofertas confeccionado por el Departamento Compras y Contrataciones; VI.- Que, no obstante lo expuesto en el considerando anterior, la oferente HYRAX de FERNANDO DIAZ OFFENEY se encuentra Preinscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (R.I.U.P.P.), en razón de ello y de conformidad con lo establecido en el art. 22, inciso b) de la reglamentación de la Ley 2095, aprobada por Resolución CCAMP N° 53/2015 acompañó a su propuesta Constancia de inscripción en Ingresos Brutos, Declaración Jurada de aptitud para contratar y constancia extraída de la página web del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la cual surge que el señor Fernando Díaz Offeney, titular de la...

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