Disposición Nº 2323/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 17 de Diciembre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 12.059.074/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso "Centro Médico", en el inmueble sito en la Av. Corrientes N° 753/57/63,
U.F. N° 436, 6° Piso, con una superficie total de 319,16m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble se encuentra emplazado en Distrito C1 de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449 Texto Ordenado Decreto N° 1181- GCBA-
2007 (B.O.C.B.A. N° 2772);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
17892843-DGIUR-2014, indica que de acuerdo al Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), se
informa que el uso "Centro Médico", se encuentra comprendido en la Clase II en la
"Descripción: Nivel Centro Local Equipamiento Local", en el Agrupamiento
"Equipamiento C) Establecimientos de Sanidad, en el rubro: "Centro médico u
odontológico - Servicio médico u odontológico de urgencia - Institutos sin internación.
Definidos según Resolución SEC N° 2.385/1980, Resolución M. N° 423/87, Ministerio
de Salud y Acción Social, Secretaría de Salud. Ley N° 123: s/C.", afectado a la
Referencia "P" (Permitido), debiendo cumplir además con el Numeral "20" es decir "5%
de la superficie total construida", y para carga y descarga: "IIIb" (considerándose una
superficie no inferior a la que resulte de computar un espacio de 30m2 por cada
camión que opere simultáneamente), en el Distrito C1 de zonificación;
Que del estudio particularizado realizado por el Área Técnica competente teniendo en
cuenta la documentación presentada por el recurrente, se informa en relación al uso,
que:
-
La superficie total a habilitar es de 319,16 m2.
-
Según documentación presentada, el inmueble sería anterior al año 1977.
-
En relación a los módulos de Estacionamiento y Carga y descarga vehicular, éstos
no serían exigibles por tratarse de un edificio existente anterior al año 1977;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen
inconvenientes desde un punto de vista urbanístico en acceder a la localización de los
usos solicitados así como a la exención de los módulos de carga y descarga y de
estacionamiento, para el inmueble sito en la Av. Corrientes N° 753/57/63, U.F. N° 436,
6° Piso.
Por ello, y en uso de...
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