Disposición Nº 232/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | BugarÃn |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 23.340.473/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localización de los usos "Showroom, Venta y Post Venta de Autos y Motos de Alta
Gama", para el inmueble sito en la Av. Pte. Figueroa Alcorta N° 7506 esq. Dr. Victorino
de la Plaza N° 905/09, con una superficie a habilitar de 195,65m2, y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra localizado en un Distrito R1bI - 4, de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, Ley 449;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
26132778-DGIUR-2016, indica que el Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), consigna los usos
permitidos y las restricciones que condicionan los mismos, los factores de ocupación
del suelo, y los requerimientos de estacionamiento y lugar para carga y descarga,
según corresponda a los distintos distritos de Zonificación en que se subdivide la
Ciudad. El uso solicitado no se encuentra consignado en este Cuadro y no existe un
rubro al que se pueda asimilar, ya que la actividad, de acuerdo a lo manifestado por
los recurrentes, es atípica;
Que se trata de un local de exposición, venta y postventa, es decir que se encuentran
los automóviles de alta gama como lo son Alfa Romeo y motos Vespa para ser
apreciados sin posibilidades de maniobrarlos, por largos períodos de tiempo, una vez
colocados en el lugar. No hay en el local, previsto taller mecánico ni de engrase ni
venta de repuestos o accesorios, como se estila en las típicas "Concesionarias de
Autos".
Siendo un local, para esta actividad, de escasa superficie. Este salón de exposición
denominado "showroom" en la jerga comercial, se asimila más, viendo los usos
permitidos en el Distrito, a Museo clase II, condicionado por el inmueble, cuya
definición, según el Cap. 1.2 "Definición de Términos Técnicos", Art. 1.2.1.1 "Relativos
al uso", ítem b) "De los tipos de uso" lo define como el establecimiento donde se
conservan y exhiben elementos históricos, de arte, técnica o ciencia, constituyendo el
edificio en sí, un bien del patrimonio artístico o histórico. En este caso se trata de un
edificio sin valor patrimonial desarrollado en dos plantas que tenía como destino:
restaurante y parrilla y se pretende hacer una obra nueva;
Que con respecto a la documentación presentada, se informa que:
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Por RE-2016-23338665-DGROC, "Declaración Jurada".
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Por RE-2016-23338663-DGROC, "Carátula del Plano de Estructura y...
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