Disposición N° 23/DGCYC/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición16 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N23/DGCYC/20
Buenos Aires, 9 de enero de 2020
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto
Reglamentario N° 168/GCBA/19 y su modificatorio 207/GCBA/19, el Expediente
Electrónico N° 01502965/GCABA/DGCYC/2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 00662521-MGEYA-DGCYC-2018 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0008-LPU18, para la
Adquisición de Artículos e Insumos Informáticos para uso de las reparticiones del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma DATANDHOME SUPPLIER S.A.;
Que el Convenio Marco, con una vigencia de doce (12) meses (PV-2018-20380148-
DGCYC y RESOL-2018-721-MEFGC), rige a partir del 13 de julio de 2018, habiéndose
otorgado la primera prórroga desde el 13 de julio de 2019 y por doce (12) meses por la
Resolución N° 2927-MEFGC-2019;
Que la Dirección General de Relaciones Fiscales del Ministerio de Hacienda y
Finanzas emitió la Orden de Compra N° 817-17754-OC19 a favor de DATANDHOME
SUPPLIER S.A. (IF-2020-01499989-GCABA-DGCYC);
Que dicha Dirección General solicita mediante Nota N° NO-2020-01331699-GCABA-
DGRFIS la rescisión de la Orden de Compra ya que el proveedor informa vía mail (IF-
2020-01493648-GCABA-DGCYC) que no cuenta con stock disponible de mouse
correspondiente al renglón 12;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N°
01502965/GCABA/DGCYC/2020, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad
de la Orden de Compra emitida a favor de la firma DATANDHOME SUPPLIER S.A.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º.- Facultades y
obligaciones del Órgano Contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6.017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1°.- Rescíndese la Orden de Compra N° 817-17754-OC19, Proceso N° 623-
0008-LPU18, adjudicada a la empresa DATANDHOME SUPPLIER S.A., CUIT N° 30-
70806550-8, domiciliada en Tronador 4890, Piso 9, Departamento Norte de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un importe de PESOS DOSCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 294,68), al amparo
de los Artículos 131 Rescisión por culpa del contratante - Incumplimiento de Contrato y
135 Rescisión Total o Parcial, de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017).
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5781 - 16/01/2020

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