Disposición N° 225/DGTALPG/19

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 225/DGTALPG/19
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 42/02,
433/16 y 54/18, las Resoluciones Nros. 832-PG/03, 180-PG/06 y 2944-MHGC/16, el
Expediente Electrónico Nº 34229079- GCABA-PG/19, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto Nº 42/02, modificado por su similar N° 54/18, establece
que la Administración podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los
mandatarios para identificar al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en
extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;
Que el Decreto Nº 433/16 establece los niveles de decisión y cuadro de competencias
complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las
Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, de
acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017);
Que el referido decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, reintegros de
gastos y devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas, así como aprobar
liquidaciones de haberes, transferencias de fondos y gastos descentralizados
operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución Nº 2944-MHGC/16 se aprueba la reglamentación
aplicable a los trámites de Reintegro de Gastos encuadrados en el Punto 2 del Anexo I
del Decreto precitado;
Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en
forma previa a su autorización, la emisión del "acto administrativo de aprobación del
gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";
Que por Resolución Nº 832-PG/03, modificada por su similar Nº 180-PG/06, se
reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº 42/02, modificado
por su similar N° 54/18;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Resolución precitada,
mediante RE-2019- 34240668-GCABA-PG, obrante en el Expediente Electrónico Nº
34229079-GCABA-PG/19, el Dr. Ricardo Damonte (DNI N° 8.533.913, CUIT N° 20-
08533913-4), Mandatario Fiscal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, solicita el reintegro de las erogaciones efectuadas en el mes de octubre del
corriente año;
Que los comprobantes correspondientes a los aludidos gastos obran agregados como
IF-2019-34241248- GCABA-PG en las actuaciones de referencia;
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto N° 42/02, modificado por su
similar N° 54/18, la Dirección General Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales, a
través de la PV-2019-35267480-GCABA- DGATYRF, ha verificado que los conceptos
cuyo reintegro tramita por los presentes actuados se encuentran comprendidos entre
los gastos indicados en dicho articulado;
Que la actividad llevada a cabo por los mandatarios fiscales implica un beneficio
inmediato para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y conlleva la
necesidad de realizar erogaciones urgentes en el marco de procesos judiciales en los
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5769 - 27/12/2019

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