Disposición N° 224/HGAT/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 224/HGAT/19
Buenos Aires, 20 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente N° 25686643/HGAT/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo citado en el VISTO, se autorizó la adquisición de TAPON P/NARIZ,
en consecuencia se emitió la Orden de Provisión N° 438-3983-OC18, a favor de la
firma PAM ARGENTINA SA, siendo el Plazo de entrega durante los 15 días hábiles de
perfeccionado el Contrato, siendo su vencimiento el día 07/05/2018;
Que la firma adjudicataria hizo entrega de la mercadería correspondiente a la 2°
entrega el dia 26/03/2019, siendo su vencimiento el 07/01/2019.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Art. N° 9 de la Ley 2095 de
Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por
Decreto 772/GCBA/2006 (BOCBA N° 2557),
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. E.TORNU
DISPONE
Articulo 1°.- Aplíquese a la firma PAM ARGENTINA SA, adjudicataria de la Orden de
Compra N° 438-3983-OC18, domiciliada en ANGEL CARRANZA 2386, de esta
Capital, de acuerdo con lo previsto en el ART. 129° de la Ley de Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la penalidad que a
continuación se detalla:
a. Una multa pecuniaria por MULTA POR MORA del (1%) por PESOS CINCUENTA Y
UNO ($ 51,00)
b. Una multa pecuniaria por CONTRATO REHABILITADO del (1%) por PESOS
CINCUENTA Y UNO($ 51,00)
c. Una multa pecuniaria por MULTA del (5%) por PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
Y CINCO ($ 255,00)
Articulo 2°.- Remítase a la Dirección General de Contaduría de Hacienda a fin que
proceda a deducir el importe consignado el Art.1° de las facturas de la empresa que se
encuentren al cobro. De no contar con acreencias deberá tomar intervención de su
competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría General, para que
por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), formule el
cargo e ingreso el importe pertinente.
Articulo 3°.- Regístrese, pase a Sección Rendición de Cuentas quien notificara
fehacientemente a la firma PAM ARGENTINA SA, conforme lo establecido por los
artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución N°
41/LCBA/98. Publíquese en el Boletín Oficial de acuerdo a lo establecido en la
Disposición N° 95/DGCYC/2012-BOCA N° 3915. Caratúlese el Antecedente
Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría
dependiente del Ministerio de Hacienda "Órgano rector del sistema de Contabilidad
Gubernamental" y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5630 - 03/06/2019

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