Disposición N° 223/DGINFE/20

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 223/DGINFE/20
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2020
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley Nº 6.301, los Decretos
Nros. 1254/08, 481/11, 203/16 y su modificatorio 350/19, los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 297-PEN/2020, 325-PEN/2020, 355-PEN/2020, 408-PEN/2020, 459-
PEN/2020, 493-PEN/2020, 520-PEN/2020, 576- PEN/2020, 605-PEN/2020, 641-
PEN/2020, 677-PEN/2020, 714-PEN/2020, 754-PEN/2020, 792- PEN/2020, 814/2020,
875/2020, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1-GCBA/2020, 8- GCBA/2020,
12-GCBA/2020, 15-GCBA/2020, la Disposición N° 121-GCABA-DGINFE/2020, los
Expedientes Electrónicos Nros. 06482762- -GCABA-DGINFE/2020 y 24299579- -
GCABA- DGINFE/2020, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Expediente Electrónico N° 06482762- -GCABA-DGINFE/2020 y
por Disposición N° 121-GCABA-DGINFE/2020 se aprobó la Contratación Directa de
Obra Menor Nº 8/2020 y se adjudicó a la empresa Baubensof S.R.L. (CUIT: 30-
71514113-9) la realización de “reparación y terminación de medianera” en la Escuela
Inicial de Creación - D.E. 3º Comuna 3° - emplazada en Pichincha 1154 de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de
PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS ONCE MIL NUEVE CON 09/100
($1.811.009,09.-);
Que la Contrata se firmó el 14 de julio de 2020;
Que el Acta de Inicio se firmó el 26 de agosto de 2020, estableciendo un plazo de
cuarenta y cinco (45) días corridos, con lo que la fecha final de obra resultó el 10 de
octubre de 2020;
Que en el marco del Expediente N° 24299579- -GCABA-DGINFE/2020, la empresa
contratista se presentó solicitando la primera ampliación de plazo por el término de
treinta (30) días corridos;
Que la contratista esgrime que resulta necesaria la presente ampliación ya que las
tareas se vieron retrasadas y solo las pueden ejecutar en contadas ocasiones, debido
a planteos de los vecinos de los lotes linderos, quienes no les permiten trabajar en
ciertos horarios o directamente no se encuentran en su domicilio, lo que impide poder
terminar los trabajos de ese lado durante las horas de trabajo;
Que, además, los vecinos solicitan que ingrese un trabajador por vez, en el marco del
contexto actual generado por la llegada del Covid-19 al país;
Que todos estos factores en su conjunto provocan que se alarguen considerablemente
los tiempos de ejecución;
Que obra toda la documentación respaldatoria correspondiente;
Que mediante un Informe Técnico, la Inspección de la Obra avala las razones
justificativas y considera procedentes los motivos esgrimidos por la contratista,
propiciando aprobar la primera prórroga de plazo por el término de treinta (30) días
corridos;
Que no podemos dejar de merituar el marco social que nos aqueja, como son los
hechos de público conocimiento debido a la emergencia sanitaria por la llegada del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6119 - 07/05/2021

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