Disposición N° 219/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 219/DGIUR/19
Buenos Aires, 21 de febrero de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 34.748.022/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Comercio Minorista: personales directos en general (masajes
corporales) (1 o más gabinetes); Salón de belleza (ondulación y/o coloración y/o teñido
del cabello y/o depilación y/o servicio de cosmetología) (sin gabinetes)", para el
inmueble sito en la calle Florida Nº 537, 1º Subsuelo, U.F. Nº 284, "Galería Jardín",
con una superficie a habilitar de 27,45m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra localizado en la Zona 2 del APH 51
"Catedral al Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano;
Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las
disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de
Planeamiento Urbano
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
5529971-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos solicitados toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito
APH 51 "Catedral al norte";
Que los usos solicitados "Personales directos en general (masajes corporales) (1 o
más gabinetes); Salón de belleza (ondulación y/o coloración y/o teñido del cabello y/o
depilación y/o servicio de cosmetología) (sin gabinetes)" se asimilan a los usos
consignados permitidos en el cuadro de Usos 5.2.1.a) para el Distrito C1 del Código de
Planeamiento Urbano: "Servicios Terciarios: Personales directos en general
(peluquería, salón de belleza, etc.)";
Que no se visa Publicidad, toda vez que el local se encuentra en el subsuelo de la
Galería comercial;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio Minorista: personales directos en general (masajes corporales) (1 o
más gabinetes); Salón de belleza (ondulación y/o coloración y/o teñido del cabello y/o
depilación y/o servicio de cosmetología) (sin gabinetes)", para el inmueble sito en la
calle Florida Nº 537, 1º Subsuelo, U.F. Nº 284, "Galería Jardín", con una superficie a
habilitar de 27,45m² (Veintisiete metros cuadrados con cuarenta y cinco centímetros
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5569 - 28/02/2019

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