Disposición N° 2183/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 2183/DGIUR/21
Buenos Aires, 19 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX-2021-15649096-GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.5 Alimentación en general y gastronomía 1.5 café bar 1.5 despacho de
bebidas, wisqueria, cervecería, 1.4 comercio minorista de productos de abasto y
alimenticios Com. Min. de Verduras, Frutas, Com. Min. de Carne, Lechones, Achuras,
Embutidos, Com. Min. Aves Muertas y Peladas, Chivitos, Prod. Granja, Huevos h/60
Docenas. 1.4.4 Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria
mercado supermercado y autoservicio) Alimenticios en General, Alimenticios
Envasados”, en el inmueble sito en la calle Lincoln N° 3907 Planta Baja U.F. 6;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
19140344/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-25414061-GCABA-CAPUAM.)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano solicita que sean descriptas las
actividades a realizar en el local;
Que mediante IF-2021-27095691-GCABA-SSGU el requirente realizó la subsanación
solicitada;
Que por Informe N° 28020484/DGIUR/2021 dicha Gerencia Operativa consideró que
correspondería una nueva intervención del Consejo del Plan Urbano Ambiental
respecto a la factibilidad de localización de los usos “Productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por
sistema de venta autoservicio)-Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería”,
“Alimentación en general, restaurante, cantina, pizzería, grill.” y “Bar, café, whiskería,
cervecería, lácteos, heladería, etc.”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6265 - 26/11/2021

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