Disposición N° 217/DGTALINF/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 217/DGTALINF/19
Buenos Aires, 23 de octubre de 2019
VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), la Ley N°
5.460 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria N°5.960, la Ley Nº
6.068, los Decretos Nros. 363/GCABA/15, 443/GCABA/18, 03/GCABA/19, la
Resolución Nº 224/ASINF/18, el Expediente Electrónico Nº 32928444-GCABA-ASINF-
2019, y
CONSIDERANDO:
Que a través del expediente electrónico indicado en el visto tramita la compensación
presupuestaria detallada en el Requerimiento N° 7936/SIGAF/2019 cuya finalidad es
contar con crédito suficiente para imputar a los gastos detallados en la Nota N°
32932444-GCABA-ASINF-2019;
Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.017), se creó la Agencia
de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones
en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo,
funcional y financiero;
Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley Nº
6.017) y su modificatoria N° 5.960, establece que la ASI se encuentra bajo la órbita de
la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se
encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su
Decreto Complementario N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios;
Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí
mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales
de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación
jurídica de control administrativo o tutela;
Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que
"Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo,
pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración
Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos
dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires";
Que por medio de la Ley Nº 6.068, promulgada por Decreto Nº 443/GCABA/18 se
fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.019;
Que así por Decreto Nº 3/GCABA/19, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución
y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.019", estableciendo en el artículo
9º del Anexo I que las modificaciones de créditos presupuestarias que se efectúen se
aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el
capítulo XI, articulo 40 de ese anexo;
Que mediante la Resolución Nº 224/ASINF/2018, se modificó la estructura
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5732 - 31/10/2019

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