Disposición N° 2166/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 2166/DGIUR/21
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19 y el
Expediente Nº 30.127.982/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 049; Manzana 048B;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-35097088-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere a la manzana en cuestión exenta de
Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles China, La Pampa y Av.
Combatientes de Malvinas. Dicha manzana posee un frente de 140.30 m sobre la calle
China, un frente de 89.74 m sobre la calle La Pampa, un frente de 105.20 m sobre la
Av. Combatientes de Malvinas; todos ellos medidos en las intersecciones de las
respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 4718.86
m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela
Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera a la
manzana exenta de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento
(L.I.B.) toda vez que se ha teniendo en cuenta la estructura parcelaria de la manzana
en cuestión y sus dimensiones;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que considere exenta de
Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.) a la manzana
que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Considerase exenta a la Manzana 048B, Sección 049, de Líneas de
Frente Interno e Interna de Basamento por los motivos expuestos en los
considerandos de la presente Disposición.
Artículo 2º. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6263 - 24/11/2021

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