Disposición N° 21/DGLTACDN/21

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición26 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 21/DGLTACDN/21
Buenos Aires, 21 de abril de 2021
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley N° 2.809 (texto
consolidado por Ley Nº 6.347), el Decreto N° 127/14, la Resolución N° 601-MHGC/14,
modificada por la Resolución N° 730- MHGC/14, las Resoluciones N° 4.093-MHGC/16
y N° 100-CDNNYA/17, las Disposiciones N° 113- GCABA-DGLTACDN/19 y N° 44-
GCABA-DGLTACDN/20, el Expediente Electrónico N° 24525278- GCABA-DGRP/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que la Ley N° 2.809 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), reglamentada por el
Decreto Nº 127/14, establece el régimen de redeterminación de precios aplicable a los
contratos de obra pública y a los contratos de servicios, de servicios públicos y de
suministros que expresamente lo establezcan;
Que mediante el Decreto N° 127/14, la Resolución N° 601-MHGC/14, modificada por
la Resolución N° 730-MHGC/14, y la Resolución N° 4.093-MHGC/16, se estableció la
metodología a la que deben ajustarse las adecuaciones provisorias y las
redeterminaciones definitivas de los precios de los contratos alcanzados por la Ley N°
2.809 (texto consolidado por Ley Nº 6.347);
Que por la Resolución N° 100-CDNNYA/17 se delegó en el Sr. Ministro de Hacienda y
Finanzas la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios que deban
efectuarse en los contratos de obra pública, de servicios de mantenimiento regidos por
la Ley Nacional N° 13.064, de servicios, de servicios públicos y de suministros de este
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que por la Disposición N° 113-GCABA-DGLTACDN/19 se aprobó la Contratación
Menor N° 112-1975-CME19, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº
2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), para la contratación del servicio de
monitoreo de medios de comunicación que permita acceder a la información y
seguimiento integral de las noticias relacionadas con la gestión de este Consejo de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y temas afines, adjudicándose el renglón N°
1 a favor de la firma EJES SA, CUIT Nº 33-66341994-9, y emitiéndose la Orden de
Compra N° 112-12063-OC19;
Que el contrato celebrado entre este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes y la firma EJES SA, CUIT Nº 33-66341994-9, prevé un plazo de vigencia
de doce (12) meses para la prestación del mencionado servicio, a contar desde el 20
de agosto de 2019;
Que por la Disposición N° 44-GCABA-DGLTACDN/20 se prorrogó la Orden de Compra
N° 112-12063-OC19 a favor de la firma EJES SA, CUIT Nº 33-66341994-9, por el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6109 - 26/04/2021

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