Disposición N° 21/DGEMPRE/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 21/DGEMPRE/21
Buenos Aires, 28 de junio de 2021
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley Nº 6.347); los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 875/PEN/20, 235/PEN/21, el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 1/GCABA/20 y sus modificatorios, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus
modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX- 2021-06564684-GCABA-DGEMPRE
y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292, (texto consolidado por Ley Nº 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en
el Capítulo VI, Artículo 21 al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a
la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que, el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, las de: “diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,
fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires”; “facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,
empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el
apoyo a la actividad emprendedora”, entre otras;
Que el referido programa tiene por objetivo principal desarrollar y potenciar al máximo
las habilidades blandas emprendedoras, la implementación de metodologías ágiles y
el uso de la tecnología y la innovación como medio para resolver problemas, lo que le
permitirá al participante una mejor adaptación a los cambios y desafíos actuales, una
mejor inserción al mundo laboral del futuro como así también al emprendedurismo;
Que, resulta necesario impulsar y difundir la práctica y la cultura emprendedora a fin
de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir valores
emprendedores;
Que, en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado
que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,
aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
875/PEN/20 se estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y
obligatorio” hasta el día 29 de noviembre de 2020 inclusive, para todas las personas
que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las
provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los
parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en su artículo 2°;
Que el artículo 3° del referido Decreto de Necesidad y Urgencia, incluyó a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires entre las localidades alcanzadas por la medida de
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio”;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 441/PEN/21 se prorrogó la medida
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6166 - 08/07/2021

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