Disposición N° 21/DGCPAR/18

EmisorSubsecretaría de Comunicación
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 21/DGCPAR/18
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto Nº 326/GCBA/17, la
Disposición Nº 1274/DGCyC/17, el Expediente Electrónico N° 22742680-MGEYA-
DGTAD/18, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 101-1265-
LPU18, cuyo objeto es la contratación de un "Servicio para la puesta en
funcionamiento de un Centro Integral de Contacto Directo con los vecinos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", con destino a esta Dirección General Comunicación
Participativa dependiente de la Subsecretaría de Comunicación, al amparo de lo
establecido en los artículos 31 y 40 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
5.666), y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCBA/17;
Que el objeto de la presente, encuentra razón en el estricto cumplimiento de las
responsabilidades primarias inherentes a la Dirección General Comunicación
Participativa, conforme Decreto N° 213/GCABA/2018, las que consisten en:
"Comunicar las obras, proyectos e iniciativas impulsadas por el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires mediante la generación de eventos y acciones territoriales"
y "Generar el contacto directo con los ciudadanos, a través de herramientas
comunicacionales, para aumentar la participación y toma de conocimiento de las
acciones y eventos llevados a cabo por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires", entre otras;
Que en concordancia a la experiencia adquirida en el uso de este tipo de herramientas
de comunicación y las competencias conferidas a la Dirección, resulta necesario
contar con el medio más idóneo para lograr campañas efectivas, lo que, como
consecuencia, fortalece el contacto directo y la comunicación entre el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los vecinos;
Que en tal sentido, la contratación obedece a la necesidad de contar con el servicio en
cuestión, el cual es considerado una de las vías más expeditas y directas para poder
canalizar por allí las necesidades propias de la Dirección General, tales como
campañas de relevancia social y también aquellas relacionadas con emergencias
sanitarias;
Que asimismo obedece a los principios rectores de eficiencia y eficacia, toda vez que
el Centro Integral de Contacto Directo con los vecinos, será subordinado a las
directivas procedentes de esta Dirección General, adecuando la totalidad de sus
funciones a los lineamientos que se consideren más benéficos para el cumplimiento de
los objetivos que se persigan en cada campaña;
Que atento a las características del servicio requerido en la contratación en cuestión,
corresponde tramitar la misma mediante la modalidad de orden de compra abierta,
según lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N°
5.666);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5457 - 14/09/2018

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