Disposición Nº 208/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | BugarÃn |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 26.408.960/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Comercio minorista de artículos de perfumería y tocador; De
artículos personales y para regalos; Peluquería y barbería" para el inmueble sito en la
calle Arenales N° 1782, PB- U.F. N° 1, con una superficie a habilitar de 32.61 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 50 "Avenida
Callao", de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
67116-DGIUR-2017, hace saber que en la Zona 2 se admitirán los usos del Distrito
R2aI, siendo los Usos Consignados Permitidos: "Perfumería, artículos de limpieza y
tocador. Ley N° 123: S.R.E." Permitido hasta 200m2;" Textiles, pieles, cueros, artículos
personales, del hogar y afines. Regalos. Ley N° 123: S.R.E." Permitido hasta 500m2;
"Personales directos en general (peluquería, salón de belleza, etc.). Ley N° 123:
S.R.E." Permitido;
Que los usos solicitados se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de
Usos 5.2.1a del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito R2aI y resultan
Permitidos en el Distrito de Zonificación APH50, Zona 2;
Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la
habilitación de los mismos;
Que no se visa publicidad;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
enero del 2017, y N° 181-DGIUR-2017 con fecha 30 de enero del 2017.
de los usos: "Comercio minorista de artículos de perfumería y tocador; De artículos
personales y para regalos...
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