Disposición N° 2062/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 2062/DGIUR/18
Buenos Aires, 3 de diciembre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 29.735.997/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista: óptica y fotografía; libros y revistas; librería,
papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones; cotillón;
artículos de limpieza; joyería y relojería; artículos personales y para regalos; artículos
de plástico y para embalaje; aparatos, equipos y artículos de telefonía y comunicación;
máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación e informática; copias,
fotocopias, reproducciones (salvo imprenta)", para el inmueble sito en la calle Lavalle
Nº 379 Planta Baja y Subsuelo - U.F Nº 1, con una superficie a habilitar de 483,96 m²,
y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al
norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831);
Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las
disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
32795991-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito
APH 51 "Catedral al Norte";
Que visan los usos solicitados "Comercio Minorista: óptica y fotografía; libros y
revistas; librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos y
grabaciones; cotillón; artículos de limpieza; joyería y relojería; artículos personales y
para regalos; artículos de plástico y para embalaje; aparatos, equipos y artículos de
telefonía y comunicación; máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación e
informática; copias, fotocopias, reproducciones (salvo imprenta)", para el inmueble sito
en la calle Lavalle Nº 379 Planta Baja y Subsuelo - U.F Nº1, con una superficie de
483,96m². Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5590 - 03/04/2019

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