Disposición Nº 2050/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 11 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 13.595.737/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de: Maxi quiosco; Productos alimenticios
envasados; Bebidas en general envasadas; Papelería, Librería, Cartonería, Impresos,
Filatelia, Juguetería, Discos y Grabaciones; Artículos de Perfumería y Tocador;
Artículos de Limpieza (en góndola separada ); Artículos Personales y para Regalos",
para el inmueble sito en la calle Tacuarí N° 161 Planta Baja y Entre Piso UF 30, con
una superficie a habilitar de 79,27 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación" de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado
Decreto N° 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de
Protección General;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
15876440-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan permitidos en
el Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: "Maxi quiosco" asimilable a "Quiosco";
"Productos Alimenticios y/o Bebidas; Tabaco, Productos de Tabaquería y Cigarrería;
Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos; Papelería, Librería, Cartonería,
Impresos, Filatelia, Venta de Discos y Grabaciones, Juguetes; Perfumería, Artículos de
Limpieza y Tocador";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Maxi quiosco" asimilable a "Quiosco"; "Productos...
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