Disposición Nº 2042/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 13.723.335/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio Minorista de Elaboración y Venta de: Pizza, fugazza, Faina,

Empanadas, Postres, Flanes, Churros, Grill; de Bebidas en general envasadas. Sin

envío a domicilio. Para consumo fuera del local", para el inmueble sito en la calle

Lavalle N° 399 Planta Baja, Sótano. UF 1, con una superficie a habilitar de 85,50 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 Distrito APH 51 "Catedral al Norte"

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007 el mismo se encuentra Catalogado con nivel de

protección General;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

15876344-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos N° 5.2.1a, Servicios Terciarios y Comercial Minorista, del Código de

Planeamiento Urbano y resultan permitidos en el Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: Servicios Terciarios: "Alimentación en

general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill. Ley N° 123: S.R.E. y en Comercial

Minorista: Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado

y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, Productos

de Tabaquería y Cigarrería. Ley N° 123: S.R.E;

Que se visa "Esquema de Publicidad" y el "Esquema de Toldo" presentados a hojas

44 y 45 del RE- 13783671-DGROC-2014;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso...

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