Disposición N° 2040/DGDYPC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 2040/DGDYPC/21
Buenos Aires, 21 de mayo de 2021
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, 297/PEN/2020,
325/PEN/2020, 355/PEN/2020, 408/PEN/2020, 459/PEN/2020, 493/PEN/2020,
576/PEN/2020, 605/PEN/2020, 641/PEN/2020, 677/PEN/2020, 714/PEN/2020,
754/PEN/2020, 792/PEN/2020, 814/PEN/2020, 875/PEN/2020, 956/PEN/2020,
1033/PEN/2020, 67/PEN/2021, 125/PEN/2021, 168/PEN/2021, 235/PEN/2021,
241/PEN/2021 , 287/PEN/2021 y N° 1/AJG/2020, 8/AJG/2020, 12/AJG/2020,
15/AJG/2020, 17/AJG/2020, 5/AJG/2021 y 7/AJG/2021, recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud, la Ley N° 941 y su Decreto Reglamentario N°
551/10, el Dictamen Jurídico IF-2020-24942442-GCABA-PGAAIYEP, las
Disposiciones, DI-2020-4725- GCABA-DGDYPC, DI-2020-4925-GCABA-DGDYPC, DI-
2020-5313-GCABA-DGDYPC, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el Coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 297/PEN/20, 325/PEN/20,
355/PEN/20, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20, 576/PEN/20,
605/PEN/20, 641/PEN/20, 677/PEN/20, 714/PEN/20, 754/PEN/20, 792/PEN/2020 y
814/PEN/2020, se establecieron medidas preventivas tendientes a enfrentar la
situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario de COVID-19, determinando
para ello el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, el cual fue prorrogado
sucesivamente hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive;
Que mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 875/PEN/20, 956/PEN/20,
1033/PEN/20, 67/PEN/21, 125/PEN/21 y 168/PEN/21 se estableció la medida de
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el día 9 de abril de 2021
inclusive, incorporando a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre las localidades
alcanzadas por dicha medida;
Que posteriormente, y a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
235/PEN/2021, 241/PEN/2021 y 287/PEN/2021, se establecieron medidas generales
de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, basadas en
evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, con el fin de mitigar la
propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 21 de mayo de
2021 inclusive;
Que asimismo, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/21 se prorrogó la
emergencia sanitaria dispuesta por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto N°
260/20, hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que por su parte, por medio de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20, 8/20,
12/20, 15/20, 17/20, 5 /21 y 7/21 el Jefe de Gobierno declaró sucesivamente la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6137 - 31/05/2021

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