Disposición N° 204/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición27 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 204/DGSPCB/21
Buenos Aires, 20 de julio de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030) y N° 6067/18 (B.O. 5524), las
Disposiciones N° 272- DGSPR/2007, N° 002-DGSPR/2008, N° 165-DGSPR/2009, N°
200-DGSPR/2011, N° 213-DGSPR/2013, N° 188-DGSPR/2015 , N° 218-DGSPR/2017,
N° 228-DGSPR/2018, N° 268-DGSPR/2018, y N° 247 DGSPR/2019, la carpeta N°
E122130, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa G4S SERVICIOS DE SEGURIDAD S.A. con domicilio real y
constituido en la calle Ferré 6258, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido
habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 272-DGSPR/2007;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación “G4S”,
ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General que la marca
mencionada se encuentra debidamente registrada ante el Instituto de la Propiedad
Industrial Argentina (INPI) bajo el Nº 3.083.692 con fecha 16/06/2020, por medio de la
Disposición N° 103-2020, a favor de la firma G4S PLC, cuya vigencia es hasta el
27/11/2028;
Que asimismo la solicitante se encuentra autorizada a la utilización de la marca en
cuestión por la firma G4S PLC, mediante Contrato de Transferencia de Tecnología
cuya vigencia serà desde el 01/01/2017 hasta el 31/12/2021; que el Instituto Nacional
de la Propiedad Industrial certifica bajo Nº 17928, del Registro a cargo de la Dirección
de Transferencia de Tecnología, que dicho contrato ha sido inscripto;
Que vencido el plazo de su última habilitación el día 19/07/2021, la interesada solicitó
su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439, sin
autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), c), y d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450 punto 3, y 461 punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico en
los términos de los Arts. 458, y 444, y concordantes de la mencionada Ley; al señor
Méndez Juan Pablo, D.N.I. N° 38.668.806, y como Responsable Técnico al señor
Gilbert Alejandro Daniel, D.N.I. N° 12.230.746;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 180, Punto 18, de la Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del dia de la
fecha.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6180 - 27/07/2021

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