Disposición Nº 2022/GCABA/DGET /15

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2216, el Decreto N° 222/12, las Disposiciones N° DI-2012-117-

DGTALAPRA y N° DI-2014-2.180-DGIUR y el Expediente N° EX-2015-20.154.017-

MGEYA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Comercio Mayorista de ferretería, herrajes, repuestos, materiales eléctricos,

papeles pintados (con depósito Artículo 5.2.8 inciso A) (633.011)", a desarrollarse en

la calle Tacuarí N° 925/947, Planta Baja, Unidad Funcional N° 04 y 05 y Entrepiso, de

esta Ciudad, con una superficie de 628,05 m2, Nomenclatura Catastral:

Circunscripción: 12, Sección: 14, Manzana: 073, Parcela: 001D, Distrito de

zonificación: APH 1;

Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de Zonificación

APH 1 (Área Protección Histórica);

Que por Disposición N° DI-2014-2.180-DGIUR, el Director General de Interpretación

Urbanística con fecha 27 de Noviembre de 2.014, autorizó la localización del uso:

"Comercio Mayorista: de Ferretería, Herrajes, Repuestos, Materiales eléctricos; de

Papeles pintados. (Sin depósito, ni tanque de inflamables), (con depósito Artículo 5.2.8

inciso A)";

Que en el Informe N° IF-2015-32.842.900-DGET, de fecha 29 de octubre de 2.015, la

Gerencia Operativa de prevención y Planificación esta Dirección General, considera a

la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que el...

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