Disposición N° 20-DGTALPG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 20/DGTALPG/18
Buenos Aires, 2 de febrero de 2018
VISTO:
La Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 42/GCABA/2002,
400/GCABA/2017 y Nº 433/GCABA/2016, las Resoluciones Nº 832/PG/2003, Nº
180/PG/2006 y Nº 2944/MHGC/2016, y el EE Nº 7738952/DGATYRF/2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002 establece que la Administración
podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los mandatarios para identificar
al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar
sentencias;
Que el Decreto Nº 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad
de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley
N° 5.666);
Que el referido Decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, reintegros de
gastos, devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas, así como aprobar
liquidaciones de haberes, transferencias de fondos y de gastos descentralizados
operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución Nº 2944/MHGC/2016 se aprueba la
reglamentación aplicable a los trámites de reintegro de gastos encuadrados en el
Punto 2 del Anexo I del Decreto precitado;
Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en
forma previa a su autorización, la emisión de un "acto administrativo de aprobación del
gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";
Que por Resolución Nº 832/PG/2003, modificada por su similar Nº 180/PG/2006, se
reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº 42/GCABA/2002;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de dicha norma, mediante IF-
2017-07957776-DGATYRF, obrante en el EE Nº 7738952/DGATYRF/2017, la
Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales ha informado la nómina
de mandatarios fiscales que han presentado solicitudes de reintegro de gastos,
encontrándose agregados los respectivos comprobantes en las actuaciones de
referencia;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002, la
Dirección General citada, mediante PV-2017-07957866-DGATYRF, ha verificado que
los conceptos cuyo reintegro tramita por las presentes actuaciones se encuentran
comprendidos entre los gastos indicados en dicho articulado;
Que la actividad llevada a cabo por los mandatarios fiscales implica un beneficio
inmediato para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y conlleva la
necesidad de realizar erogaciones urgentes en el marco de los procesos judiciales en
los que actúan en su representación, que a aquellos no les corresponde soportar;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5311 - 07/02/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR