Disposición N° 197/HGAPP/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 2 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 197/HGAPP/18
Buenos Aires, 18 de julio de 2018
VISTO
El E.E. Nº 17464456-HGAPP-2018 encuadrado en los términos del Dto. Nº
433/GCBA/2016 y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados se tramitó la reparación de una Bomba de aspiración
continua perteneciente a Cirugía y una Sierra corta yesos para traumatología.-
Que, resulta impostergable e imprescindible la reparación que nos ocupa para
asegurar resultados finales esenciales.-
Que, la Sección Compras identifico el presente pedido con el Nº 82/18 (SIGAF Nº
4007/18).-
Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide
someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones
vigentes.-
Que, la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma
ANALIA ANDREA SAMPO, considerando que no es conveniente, por tratarse de un
equipo que para determinar la reparación necesaria debe desarmarse, que él mismo
fuera examinado en reiteradas oportunidades por distintos oferentes.-
Que, mediante remito Nº 0001-00000088 (ANALIA ANDREA SAMPO), se acreditó la
reparación del aparato señalado.
Que, se ha considerado a la firma ANALIA ANDREA SAMPO, habiendo acreditado
ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores
en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095.
Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en
el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en
poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran
sido debidamente salvadas.-
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº
49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la
presente disposición:
NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 07 (Julio/18)
ACUMULADO APROBADO $ 60.019,84
SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 539.980.16
Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la
atención de los pacientes.-
Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión
Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 433/GCBA/2016, y lo
dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010.-
EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA
DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5427 - 02/08/2018

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