Disposición N° 195/DGAR/19

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 195/DGAR/19
Buenos Aires, 15 de marzo de 2019
VISTO
La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su Decreto Reglamentario Nº
326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13,
la Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el EX-2019-04307660-MGEYA-DGESCA, y
CONSIDERANDO
Que por el actuado mencionado en el visto tramita la contratación de las instalaciones
del Club Social de Santa Lucía para el desarrollo de las actividades del Proyecto
"Jornada Extendida", solicitado por la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa;
Que conforme al IF-2019-04308112-DGESCA donde se establece que: "la cercanía
con la Escuela Primaria N° 04 y de Educación Media N° 01, resulta un factor
fundamental y determinante para su selección, toda vez, que facilita el acceso y
traslado de los alumnos de ese establecimiento educativo. Asimismo, la institución es
considerada una referencia barrial, reconocida y generadora de un ambiente familiar e
inclusivo, comprendiendo y aportando recursos a la sociedad y a la comunidad
educativa que la rodea. De esta forma constituye un punto de encuentro en el barrio,
propiciando la consolidación de la relación de las familias y las escuelas con la
comunidad que integran. A su vez, dispone de horarios y espacios suficientes para el
desarrollo de las actividades relativas al Proyecto de los establecimientos educativos
en cuestión y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario (canchas, aulas, baños,
mesas, sillas, armarios) que satisface las necesidades técnicas y pedagógicas del
Proyecto. Por otro lado, la institución es sugerida y recomendada por los equipos de
conducción, docentes y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su
labor diaria al contexto social y la comunidad educativa", en virtud de ello es que es
menester encuadrar la presente como Contratación Directa por Especialidad forma de
contratación establecida en el Artículo 28 inc. 4 de la Ley de Compras y
Contrataciones de la Ciudad (texto consolidado por Ley 6.017);
Que la presente Contratación Directa por Especialidad puede encuadrarse dentro de
los términos del Artículo 28 inciso 4 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley
N° 6.017) y su Decreto Reglamentario Nº 326/17 y su modificatorio Decreto N° 287/18;
Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a
partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N°
2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (BAC);
Que por Disposición Nº 1274/DGCYC/17 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones
mediante BAC;
Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5582 - 21/03/2019

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