Disposición N° 188/DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición12 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 188/DGSPR/18
Buenos Aires, 30 de mayo de 2018
VISTO:
Las Leyes Nº 5688 (B.O. Nº 5030), y, N° 5914 (B.O. 5282) y la Carpeta E634806, y;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para
desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en las categorías
establecidas por la Ley Nº 5688, en su Artículo 439, sin autorización de uso de armas
de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y c); presentada por la empresa OPERATIONS
SECURITY S.A., con domicilio real en la calle Juan Sebastian Bach N° 3780, Isidro
Casanova, Provincia de Buenos Aires, y legal en la calle Carlos Antonio Lopez N°
2887, Piso 1°, Dpto. "A" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 458 y
concordantes de la mencionada Ley al señor Marcos Javier Fabian Alvarez, titular del
D.N.I. N° 20.066.229;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la
habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 450,
Punto 3, y 461, Punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle su habilitación como prestadora de servicios de seguridad
privada en las categorías peticionadas;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 184, Punto 18, de la Ley N° 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de
su habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a
la empresa OPERATIONS SECURITY S.A., su habilitación como prestadora de
servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su
Artículo 439, Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a)
Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de custodia y
portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar
destinado a recreación, y c) Los de vigilancia privada de lugares fijos privados o
edificios de propiedad horizontal.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá
solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando
la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida
en el artículo precedente.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5392 - 12/06/2018

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