Disposición Nº 186/GCABA/HGAT/17

FirmantesCastañiza
EmisorHospital General de Agudos Tornu

VISTO

La Disposición N° 395/2016 rescisión de contrato realizados por este Hospital Gral. Dr.

E. Tornú; y

CONSIDERANDO

Que en el Art. 1 ap .a) de la Disposición destacada en el VISTO de la presente, se

hace referencia al monto sobre multa pecuniaria.

Que por haberse cometido un error involuntario, en el monto y en tipo de rescisión;

Por ello;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. E. TORNU

DISPONE

Artículo 1° Sanease el Art.1 ap. a) de la Disposición N° 395-HGAT-2016, donde

corresponde decir: "a. Una multa pecuniaria por RESCISION PARCIAL DE

CONTRATO DEL (10%) por PESOS QUINIENTOS DIECINUEVE CON 00/100

CENTAVOS ($ 519,00)"

Artículo 2° Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda

a fin que proceda a deducir el importe consignado al Art. 1 de las facturas de la

empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, deberá tomar la

intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la Contaduría

General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos

(AGIP), formule el cargo e ingrese el importe pertinente.

Artículo 3° Regístrese, comuníquese y notifíquese al...

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