Disposición N° 1836/DGIUR/21
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 18 de Octubre de 2021 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1836/DGIUR/21
Buenos Aires, 13 de octubre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-16570830- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.5 Alimentación en general y gastronomía (restaurante, cantina, casa de
lunch, bar, despacho de bebidas, wisqueria, cervecería” y “2.4.9 Local de baile clase
“c” actividad complementaria (20% de superficie total)” en el inmueble sito en Av. Del
Libertador N° 3883 (Arcos bajo viaducto del FFCC San Martin) Arco 15 – Local 15;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
19842968/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-27845252- GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano manifiesta que: “6. Por lo expuesto
precedentemente y lo indicado por la Gerencia Operativa de Usos del Suelo,
perteneciente a la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante IF-2021-
19842968- GCABA-DGIUR, este Consejo del Plan Urbano Ambiental manifiesta que
no tiene objeciones respecto a la localización de los usos: “Alimentación en general y
gastronomía (restaurante, cantina, casa de lunch, bar, despacho de bebidas,
wisqueria, cervecería); Local de baile clase “c” como actividad complementaria” que se
encuadran en la descripción “1.5 Alimentación en general y gastronomía” y en el rubro
“2.4.9 Local de baile clase “C” actividades complementarias (20% de superficie total)",
en el inmueble sito en la Avenida Del Libertador N° 3883, Local 15, Planta Baja y
Subsuelo, situado en uno de los arcos bajo viaductos del FFCC San Martín, dentro del
marco del Área de Protección Histórica APH-2 “Parque 3 de Febrero”, Área
Urbanización Parque. En cuanto a los requerimientos, los módulos deberán ser
determinados por el Organismo Competente.”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6237 - 18/10/2021
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