Disposición N° 1821/DGHCT/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1821/DGHCT/19
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley N° 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.017), los Decretos
Nros. 363/15, y sus modificatorios Nros. 675/16; 498/08, 143/12, 345/17, la Resolución
2019-301-Sectrans, el EX-2019-26788727-GCABA-DGHCT, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura Orgánica del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la
Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte las mismas misiones y funciones que la entonces Subsecretaría de
Transporte;
Que, el Decreto 384/18, modificatorio del Decreto 363/15, establece que es
responsabilidad primaria de la Secretaría de Transporte “entender en los aspectos
relacionados con el transporte, la circulación peatonal y vehicular, con base en las
políticas de desarrollo económico, ambiental y social de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y de entender en la regulación y control del transporte y el tránsito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el citado Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, al aprobarse la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, se contempló a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable y Segura (SSMSS), la
cual tiene entre sus misiones y funciones diseñar e implementar las normas referentes
a la habilitación de conductores y transportes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y asegurar su cumplimiento.
Que la Dirección General Habilitación de Conductores y Transporte dependiente de la
Subsecretaría de Movilidad Sustentable y Segura, de la Secretaría de Transporte del
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, tiene entre sus misiones y funciones
implementar las políticas referidas a la habilitación de transportes, controlar el
cumplimiento de las disposiciones relativas al otorgamiento y vigencia de registro de
transporte.
Que el Código de Tránsito y Transporte establece como requisito para la circulación de
los vehículos y motovehículos se acredite el cumplimiento de la Verificación técnica
vehicular.
Que la exigibilidad de la misma tiene como objetivo incrementar la seguridad vial,
controlando las condiciones seguridad activa y pasiva exigidas a vehículos de
transporte.
Que, a los fines de mejorar la prestación del servicio de Verificación Técnica Vehicular
Obligatoria, y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
HABILITACION CONDUCTORES Y TRANSPORTE
DISPONE:
Artículo 1º.- Apruebase las modificaciones del manual de Verificación Técnica
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5769 - 27/12/2019

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