Disposición N° 1812/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1812/DGIUR/21
Buenos Aires, 12 de octubre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 24.851.309/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 043; Manzana 173;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-30115747-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra afectada por los artículos 50 y 56 de la Ley
Nº 361 -que sustituyen a los artículos 6.4.2.1 “Casos especiales de determinación de
la L.F.I.” y 6.4.3.2 “Casos speciales de determinación de L.I.B.” respectivamente, de la
Ley Nº 6099- determinan que el Organismo ompetente establece de oficio mediante
acto administrativo la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea de nterna de
Basamento (L.I.B.) correspondiente para toda la manzana. A su vez, la manzana en
cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona afectada a Unidades de
Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.) Art. 6.2.4. del Código Urbanístico (Ley N°
6099), por lo que corresponde el trazado de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea
Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Av. San Isidro, Amenabar,
Besares, Moldes y Ruíz Huidobro. Dicha manzana posee un frente de 11,16 m sobre
la Av. San Isidro, un frente de 70,70 m obre la calle Amenabar, un frente de 88,51 m
sobre la calle Besares, un frente de 82,07 m sobre la calle oldes y un frente de 83,82
m sobre la calle Ruíz Huidobro; todos ellos medidos en las intersecciones de las
espectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 7.197,38
m2, de acuerdo a onsulta de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela
Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.A. y U.S.A.M.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de
Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6237 - 18/10/2021

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