Disposición N° 1791/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 1791/DGIUR/21
Buenos Aires, 6 de octubre de 2021
VISTO: La Ley N° 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el EX-
2021-18080104- GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta respecto de la localización
de los usos “2.4.5 Local de música y variedades, 1.5. Alimentación en general y
gastronomía (Café - Bar - Restaurante Cantina - Com. min. elab. y vta. Pizza,
fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill.)” en el inmueble sito en la
calle Balcarce N°460/70/72, Subsuelo, Planta Baja y Entrepiso (Sección 002, Manzana
058, Parcela 009), con una superficie a habilitar 979,45 m2;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
27887884/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice, desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los uso solicitado en el
Expediente de referencia toda vez que los usos solicitados no originan impactos
relevantes en el inmueble Catalogado ni en el Área de Protección Histórica Específica,
APH 1 San Telmo – Montserrat;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica
Específica APH 1 "San Telmo - Montserrat", Zona 3b y el mismo se encuentra
catalogado con nivel de protección Cautelar;
Que en relación a los usos solicitados, resultan de aplicación los artículos 3.1. (Usos
del Suelo Urbano y su Clasificación), 1.4.5 (Conceptos de Protección Patrimonial),
9.1.2.3 (Catálogo), 9.1.3.2. (Protección Especial), 9.1.1.1. (Áreas de Protección
Histórica) y 5. APH1) Usos según zonas -del Anexo II- del Código Urbanístico;
Que se trata de la parcela intermedia, circunscripta por la calle Balcarce, República
Bolivariana de Venezuela, Av. Paso Colón y Av. Belgrano. El inmueble, motivo de la
consulta, corresponde al edificio denominado “La Trastienda”, en donde se realizan
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6234 - 13/10/2021

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