Disposición N° 179/DGRYGIEG/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 179/DGRYGIEG/21
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado en Ley N° 6.347) y N° 6.292 (texto
consolidado en Ley N ° 6.347); el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el
Decreto N° 74/GCABA/21, la Resolución N° 516-MJGGC/2016, las Disposiciones N°
84-DGABRGIEG/2019 y N° 64-DGRYGIEG/2021, el Expediente Electrónico N° EX-
2016-19687478-MGEYA- SECDES, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramitó el contrato de
locación administrativa respecto del inmueble sito en la calle Bacacay N°3968, de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, matrícula FR 1-73201, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 1, Sección: 72, Manzana: 91, Parcela: 6, con destino al
funcionamiento de oficinas de la administración centralizada y descentralizada: Unidad
de Atención Ciudadana N° 10 -UAC Floresta- y Comuna N° 10, dependientes de la
Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana dependiente de la Jefatura de Gabinete
de Ministros;
Que mediante la Disposición N° 84-DGABRGIEG/2019 se aprobó la prórroga del
Contrato de Locación Administrativa del inmueble en cuestión, por un período de
treinta y seis (36) meses contados a partir del día 1 de septiembre de 2019, venciendo
por consiguiente el día 31 de agosto de 2022;
Que en la cláusula segunda de la mencionada prórroga del contrato se acordó el valor
del canon locativo mensual para el primer año, conviniendo que para los posteriores
años las partes fijarán nuevos valores previa tasación del Banco Ciudad de Buenos
Aires;
Que mediante la Disposición N° 64-DGRYGIEG/2021 se aprobó el canon locativo para
el segundo año de la prórroga del contrato de locación del inmueble mencionado;
Que, a los fines de acordar el canon locativo a abonarse durante tercer año y de
conformidad con lo previsto por el Decreto Nº 74/21, artículo 28 inc. 12º pto. f) del
Anexo I, que reglamenta la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se requirió
al Banco Ciudad de Buenos Aires la tasación pertinente;
Que se consensuó con el locador el canon locativo total para el tercer año de prórroga
del contrato en PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($6.360.000)
pagaderos en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS
QUINIENTOS TREINTA MIL ($530.000) cada una;
Que se ha tomado el compromiso definitivo del gasto;
Que, a los fines de proceder a materializar el acuerdo arribado, resulta pertinente
dictar el acto administrativo que apruebe la Adenda por la cual se establece el monto
del valor locativo para el periodo referido.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la normativa citada,
EL DIRECTOR GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL
DE EDIFICIOS DE GOBIERNO
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6288 - 04/01/2022

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