Disposición Nº 178/GCABA/DGCEM/16

FirmantesSomoza
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS

VISTO:

El Expediente Electrónico 13768880/MGEYA/DGCEM/2016

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, la señora Claudia Rosana GOROSITO, solicita una

medida de no innovar administrativa en relación a los restos mortales de quien en vida

fuera Juan Domingo GOROSITO fallecido en fecha 18/04/2016 e inhumado en el nicho

26207, ubicado en la fila 3, Galería 16 del Cementerio de Chacarita.

Que la peticionante invoca el carácter de hermana del fallecido, lo cual acredita con

copia de la libreta de matrimonio de sus progenitores, señores Bernardino GOROSITO

y Yolanda LATRECCHIANO dejando asimismo constancia que su hermano fallecido

no se encontraba casado ni tenía descendencia.

Que oportunamente el Área de Nichos y Sepulturas dependiente del Registro de

Concesiones y Arrendamientos efectuó la indisponibilidad provisoria de los restos del

fallecido en cuestión mediante el Registro N° 349, lo cual se dejó constancia mediante

Informe N° 16057026-DGCEM- 2016.

Que la Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración de esta Dirección General

mediante Informe nro. 23447180/DGCEM/16 considera que se encontraría habilitada

para otorgar, a favor del presentante, la medida de no innovar administrativa

peticionada, por un plazo de noventa (90) días establecido en la norma citada por

estimar que se encuentran reunidos los extremos y requisitos contemplados en el

artículo 20°

de la Ley N° 4977 (B.O.C.B.A. N° 4443, 23/07/2014).

Que en idéntico sentido, la Procuración General ha emitido su dictámen mediante

Informe nro. 24605384/DGAINST/16 opinando que corresponde en los presentes

hacer lugar a la medida de no innovar administrativa solicitada por Claudia Rosana

Gorosito en relación al nicho donde están depositados los restos de su hermano, por

el plazo de (90) días, conforme lo establece la normativa vigente.

Que en el artículo 2 de la parte dispositiva de la Disposición nro. 171/DGCEM/16 de

fecha 2/12/2016 se consignó por un error involuntario de tipeo: "Publíquense edictos

en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Por ello, y en el uso de las facultades que son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS

DISPONE

Art. 1.- Rectifíquese el artículo nro. 2 de la Disposición 171/DGCEM/2016 el que

quedará redactado de la siguiente manera: Regístrese. Notifíquese en forma

fehaciente a la solicitante la medida cautelar administrativa de no innovar. Publíquese

en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...

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