Disposición Nº 178/GCABA/DGCEM/16
Firmantes | Somoza |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS |
VISTO:
El Expediente Electrónico 13768880/MGEYA/DGCEM/2016
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, la señora Claudia Rosana GOROSITO, solicita una
medida de no innovar administrativa en relación a los restos mortales de quien en vida
fuera Juan Domingo GOROSITO fallecido en fecha 18/04/2016 e inhumado en el nicho
26207, ubicado en la fila 3, Galería 16 del Cementerio de Chacarita.
Que la peticionante invoca el carácter de hermana del fallecido, lo cual acredita con
copia de la libreta de matrimonio de sus progenitores, señores Bernardino GOROSITO
y Yolanda LATRECCHIANO dejando asimismo constancia que su hermano fallecido
no se encontraba casado ni tenía descendencia.
Que oportunamente el Área de Nichos y Sepulturas dependiente del Registro de
Concesiones y Arrendamientos efectuó la indisponibilidad provisoria de los restos del
fallecido en cuestión mediante el Registro N° 349, lo cual se dejó constancia mediante
Informe N° 16057026-DGCEM- 2016.
Que la Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración de esta Dirección General
mediante Informe nro. 23447180/DGCEM/16 considera que se encontraría habilitada
para otorgar, a favor del presentante, la medida de no innovar administrativa
peticionada, por un plazo de noventa (90) días establecido en la norma citada por
estimar que se encuentran reunidos los extremos y requisitos contemplados en el
de la Ley N° 4977 (B.O.C.B.A. N° 4443, 23/07/2014).
Que en idéntico sentido, la Procuración General ha emitido su dictámen mediante
Informe nro. 24605384/DGAINST/16 opinando que corresponde en los presentes
hacer lugar a la medida de no innovar administrativa solicitada por Claudia Rosana
Gorosito en relación al nicho donde están depositados los restos de su hermano, por
el plazo de (90) días, conforme lo establece la normativa vigente.
Que en el artículo 2 de la parte dispositiva de la Disposición nro. 171/DGCEM/16 de
fecha 2/12/2016 se consignó por un error involuntario de tipeo: "Publíquense edictos
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Por ello, y en el uso de las facultades que son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS
DISPONE
Art. 1.- Rectifíquese el artículo nro. 2 de la Disposición 171/DGCEM/2016 el que
quedará redactado de la siguiente manera: Regístrese. Notifíquese en forma
fehaciente a la solicitante la medida cautelar administrativa de no innovar. Publíquese
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...
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