Disposición N° 175/DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 175/DGSPR/18
Buenos Aires, 16 de mayo de 2018
VISTO:
las leyes Nº 5688 (B.O. Nº 5030); N° 591 4 (B.O. Nº 5282) y las Disposiciones N° 099-
DGSPR/2008, y N° 51-DGSPR/2010, N° 81-DGSPR/2012, N° 203-DGSPR/2014, Nº
143-DGSPR/2016 y la Carpeta E954355, y,
CONSIDERANDO:
Que el señor JAVIER ONOFRI MEDINA GUEVARA, D.N.I. N° 93.735.039, con
domicilio real en la calle Lertora N° 4931, P.B, Remedios de Escalada, Provincia de
Buenos Aires y constituido en Avenida Pedro Goyena N° 1776, P.B., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitado oportunamente para prestar servicios
de seguridad privada, en forma exclusiva y personal, en Jurisdicción de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 099-DGSPR/2008;
Que proximo a vencer el plazo de su última habilitación con fecha 29/05/2018 el
interesado solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 440°, Punto 1. Personas humanas sólo autorizadas para desempeñar la
actividad por sí mismas.y su Artículo 439º, sin autorización al uso de armas de fuego:
Punto 2, Incisos a), b), y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450º, Punto 3, y, 461º, Punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que por otra parte, el inicio de la actividad habilitada estará sujeto a la presentación de
altas de objetivos protegidos, en los términos exigidos por el Art. 451º, Punto 5;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestador de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el AnexoI
Artículo 184, Punto 17, de la Ley 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día
29/05/2018,
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del 29/05/2018, por el término de dos años, al señor,
JAVIER ONOFRI MEDINA GUEVARA, D.N.I. N° 93.735.039, la habilitación concedida
para prestar servicios de seguridad privada, en forma exclusiva y personal, en las
categorías establecidas por la ley Nº 5688 en su Artículo 440°, Punto 1. Personas
humanas sólo autorizadas para desempeñar la actividad por sí mismas, y su Artículo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5378 - 22/05/2018

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