Disposición Nº 1738/GCABA/DGIUR/16

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 26.030.820/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc.", para

el inmueble sito en la Av. Corrientes N° 534, 7° "d", U.F. N°18, con una superficie a

habilitar de 45,96m2, y

CONSIDERANDO:

Que la parcela en cuestión se encuentra localizada en la Zona 1 del Distrito APH 50 de

Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449 y Decreto N° 1181-

GCBA/07 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2772, de fecha 23 de Agosto

de 2007, Texto Ordenado del mismo Código. Los usos para los inmuebles del área no

comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán

los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el

Distrito C1 del Código de Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

26444422-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito APH

51 "Catedral al norte";

Que los usos Permitidos para el Distrito C1 del Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de

Planeamiento Urbano son: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales de empleo,

turismo, inmobiliaria, etc.";

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc.", para el

inmueble sito en la Av. Corrientes N° 534, 7° "d", U.F. N°18, con una superficie a

habilitar de 45,96m2 (Cuarenta y cinco metros cuadrados con noventa y seis

decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de

...

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